Priorizar la contratación de mujeres y jóvenes deja de ser discriminatorio por ley

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El nuevo ordenamiento también complica la aplicación de expedientes de regulación de empleo (ERE) y hace inembargable el salario mínimo interprofesional (SMI)

Desde principios de este mes de marzo, que las empresas prioricen la contratación de jóvenes y de mujeres en sus procesos de selección de personal deja de ser algo que pueda ser considerado discriminatorio. Esta es una de las modificaciones legislativas que se contemplan en la Ley 3/2023 de Empleo, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 1 de marzo y que está en vigor desde el pasado jueves 2.

Según el texto, con este cambio se persigue equiparar la tasa de desempleo general del estado (12,87%) con la de estos colectivos, que es más alta. Según los últimos datos, en España hay un 28,72% de desempleo juvenil, mientras que por lo que respecta a las mujeres, la cifra es ligeramente superior a la cifra total de parados, con un 14,61%, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

«Para que haya esta discriminación positiva debe haber alguna razón. En este caso, lo que persiguen es que los valores sean parecidos. Hay que tener en cuenta que en el proceso de búsqueda de empleo la edad es un factor, un elemento importante«, apunta a Catalunya Press el abogado laboralista Manel Hernàndez, del bufete Pérez Llorca.

 

En el caso de los jóvenes, España fue el país de la Unión Europea con una tasa más alta en 2022, con un 32,3%. La media continental estaba en un 15,1%, mientras que las mejores cifras del continente eran las de Alemania y Chequia, que ni siquiera llegaban al 6%, mientras que estados como Países Bajos y Hungría, entre otros, estaban por debajo del 10%.

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